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Los ciudadanos europeos se enfrentan a dificultades para lograr el reconocimiento de sus cualificaciones por otros países de la UE

Los ciudadanos europeos que desean trabajar o crear una empresa en otro Estado miembro todavía tienen que superar muchos obstáculos. Obtener el reconocimiento de las cualificaciones profesionales sigue siendo un problema según un informe publicado por el Tribunal de Cuentas Europeo a cuya presentación asistieron de manera telemática Ofelia de Lorenzo de los Servicios Jurídicos del Consejo General de Médicos de España (CGCOM) y Jaime Medrano, director del Área Internacional de la corporación.

La UE adoptó una Directiva en 2005 para facilitar el reconocimiento y evitar que los Estados miembros impongan condiciones excesivas a los ciudadanos. Sin embargo, la aplicación de la Directiva por las autoridades nacionales y la Comisión Europea presenta deficiencias, y la información facilitada a los ciudadanos no es fiable en muchos casos. Actualmente, las autoridades no están legalmente obligadas a consultar el registro de alertas en el que figuran una lista de los profesionales que han cometido faltas.

Los ciudadanos de la UE tienen derecho a elegir dónde quieren trabajar. Sin embargo, dado que los Estados miembros siguen regulando el acceso a determinadas profesiones por motivos de salud y seguridad, la movilidad laboral entre Estados miembros de la UE depende de un sistema de reconocimiento mutuo de las cualificaciones profesionales.

El número de profesiones reguladas en los Estados miembros varía considerablemente (desde 88 en Lituania hasta 415 en Hungría). Según el cálculo que realizaron los auditores a partir de datos de 2023, cada Estado miembro regula una media de 212 profesiones, lo cual equivale a unos 5 700 profesiones en toda la UE.

«El proceso de reconocimiento de las cualificaciones profesionales puede resultar disuasorio para un enfermero o un mecánico que deseen trabajar en otro Estado miembro, debido a su excesiva duración y a los pesados procedimientos burocráticos» afirma Stef Blok, Miembro del Tribunal responsable de la auditoría. «Hemos detectado profundas disparidades en los procedimientos empleados por los Estados miembros para aplicar la normativa europea, en detrimento de quienes desean ejercer una profesión regulada en otro país de la Unión Europea». «Creemos que, para proteger a los ciudadanos de la UE, habría que integrar el mecanismo de alerta en el procedimiento de reconocimiento de las profesiones que tengan implicaciones en la salud o en la seguridad, así como de las que exijan integridad, especialmente cuando impliquen el trato con menores».

Los Estados miembros no controlan regularmente la duración de los procedimientos de reconocimiento, y no siempre actúan con la rapidez exigida por la Directiva de la UE. En ocasiones se pide un exceso de documentación (cartas de motivación, traducciones juradas o prueba de residencia antes de que se haya realizado el traslado al país). Según los auditores, rara vez está justificado el cálculo de las tarifas, como tampoco lo están los motivos por los que estas varían considerablemente entre Estados miembros y autoridades (desde 0 euros a 17 500 euros para los pilotos en un país). Los auditores también hallaron ejemplos de medidas específicas siempre impuestas por Estados miembros (formación adicional o una prueba) sin proporcionar justificación alguna a los solicitantes. En otros casos, detectaron verificaciones previas desproporcionadas para comprobar las cualificaciones, aunque no existiera un interés de salud pública proporcional.

Aunque la UE ha adoptado algunas medidas para modernizar el reconocimiento, estas apenas se aplican, como en el caso de la tarjeta profesional europea, que cubre, por ejemplo, la muy valorada profesión de enfermero, pero que solo se emplea en el 5 % de las decisiones de reconocimiento profesional. Una de las mejoras ha sido establecer la obligatoriedad de emplear el Sistema de Información del Mercado Interior de la UE, disponible en la red, para las cualificaciones profesionales, con objeto de facilitar la cooperación entre Estados miembros, y entre estos y la Comisión. Sin embargo, el sistema no es fácil para los usuarios. Los auditores constataron que, al conceder el reconocimiento profesional, las autoridades no tenían en cuenta las alertas codificadas en el sistema por otros Estados miembros, pese a que existían razones de peso para hacerlo, tales como la existencia de faltas, medidas disciplinarias en curso o condenas penales.

Información de referencia

Los ciudadanos de la UE tienen derecho a circular libremente entre Estados miembros con fines profesionales o para crear empresas. La Directiva de la UE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales debía ser incorporada a la legislación nacional antes de 2016. Los Estados miembros tienen derecho a establecer normas de acceso a algunas profesiones, denominadas por ello «profesiones reguladas». Profesores, carpinteros o ebanistas e ingenieros civiles se cuentan entre las profesiones reguladas más móviles de la UE.

Accede aquí al Informe Especial 10/2024: Reconocimiento de cualificaciones profesionales en la UE.

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