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Formación, deontología y tecnologías ponen en valor a las organizaciones colegiales

Unión Profesional ha reclamado que se reconozcan los códigos de conducta, elaborados por las organizaciones profesionales, como elemento clave en el reconocimiento de las cualificaciones ya que gracias a su existencia y cumplimiento se garantiza el buen ejercicio profesional y aumenta la confianza en los profesionales

Madrid, 16 de marzo 2011 (medicosypacientes.com)

Dada la importancia que la Directiva 2005/36 de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales posee para el sector de las profesiones liberales, Unión Profesional (UP) ha querido participar de forma activa en la Consulta Pública que la Comisión Europea (CE) ha abierto dentro del proceso de evaluación de la Directiva en el que se encuentra inmersa. Después de cinco años desde su entrada en vigor, la CE decidía en el año 2010 poner en marcha esta revisión de la Directiva con el fin de mejorar sus contenidos y contribuir al desarrollo de un efectivo Mercado Interior.

Respuesta de Unión Profesional

Unión Profesional, de la que forma parte el Consejo General de Coloegios de Médicos, al tratarse de un órgano que agrupa a las profesiones colegiadas españolas, ha canalizado su aportación a dicha Consulta a través de dos cauces complementarios: junto al Consejo Europeo de Profesiones Liberales (CEPLIS) ?organización a la que pertenece?, y de manera directa a la Comisión Europea, como referente en la defensa de la más alta calidad en el ejercicio de las profesiones españolas.

La aportación efectuada por UP se ha articulado sobre tres ejes básicos: el Desarrollo Profesional Continuo, la Ética y Deontología Profesional y los Sistemas de Información y Comunicación, aspectos todos ellos de especial relevancia en lo que al reconocimiento de cualificaciones profesionales se refiere.

La definición y construcción de un sistema de valoración objetivo que permita la comparabilidad y homogeneidad entre los diferentes sistemas europeos de Desarrollo Profesional Continuo (DPC) constituye una de las principales sugerencias de UP de cara a la mejora del contenido y los fines de la Directiva. El Desarrollo Profesional Continuo, según reconoce la propia CE, engloba tanto la formación reglada como las técnicas, habilidades y conocimientos que el profesional haya ido adquiriendo como resultado de un aprendizaje informal basado en la práctica y la experiencia. Un DPC acreditado, de calidad, homogéneo y adecuado favorece aspectos relevantes de la Directiva como el reconocimiento automático basado en condiciones mínimas de formación o experiencia profesional. Es necesario que, según pone de manifiesto UP en su documento de respuesta, se plasme en la Directiva una definición clara, concisa y homogénea del concepto de DPC, así como de los niveles de requerimiento para cada profesión, que sirva de referencia a las organizaciones profesionales, autoridades nacionales y profesionales. De esta forma, se facilitaría la consolidación de mercado único europeo y la movilidad de profesionales, lo que tendría su correspondiente impacto económico.

Códigos de conducta y sistemas de información

Desde UP se ha solicitado que desde la Directiva se reconozcan los códigos de conducta, elaborados por las organizaciones profesionales, como elemento clave en el reconocimiento de las cualificaciones ya que gracias a su existencia y cumplimiento se garantiza el buen ejercicio profesional y aumenta la confianza en los profesionales.

Por último, UP ha querido resaltar la necesidad de potenciar la utilización de unos sistemas de información y comunicación interoperables, como es el caso del IMI (Sistema de Información del Mercado Interior), para simplificar y dar transparencia a los mecanismos de reconocimiento: «debemos avanzar hacia una integración total del Mercado Único y para hacerla efectiva es necesario contar con la participación de todos los agentes implicados y con todos los medios disponibles que permitan una cooperación real, rápida y efectiva entre autoridades competentes en el reconocimiento de cualificaciones».

Estos tres aspectos (formación, deontología y tecnologías) constituyen elementos esenciales de las corporaciones profesionales cuyas funciones están, además, recogidas en la Directiva de Servicios que las define como autoridades competentes para estos cometidos.

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