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El prestigio de la profesión médica ya no se podrá usar para inducir al consumo de productos alimentarios

La Organización Médica Colegial celebra que la nueva normativa sobre Seguridad Alimentaria y Nutrición, aprobada, recientemente, por el Congreso de los Diputados regule este tipo de prácticas que, tal como ha explicado su presidente, el doctor Rodríguez Sendín, “coincide plenamente con nuestro planteamiento ya contemplado en nuestro próximo código de deontología médica”. Y es que desde hacía ya tiempo había una alta preocupación tanto desde la AESAN como desde la OMC por este tipo de comportamientos inadecuados y se ha trabajado conjuntamente en los últimos meses para establecer sus límites

Madrid, 20 de junio 2011 (medicosypacientes.com)

El presidente de la AESAN, con el
presidente de la OMC en un acto
reciente.

Entre las prácticas publicitarias prohibidas que establece la nueva normativa sobre Seguridad Alimentaria, aprobada recientemente por el Congreso de los Diputados se encuentra ?la aportación de testimonios de profesionales sanitarios o científicos, reales o ficticios, o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo, así como la sugerencia de un aval sanitario o científico?. Ello significa que ningún profesional médico real ni su imagen recreada ficticiamente podrán usarse para publicitar o recomendar a través de anuncios el consumo de algún producto alimenticio.

La Organización Médica Colegial, a través de su presidente, el doctor Juan José Rodríguez Sendín, ha mostrado su satisfacción al respecto ?El planteamiento que hace la ley coincide, como ya conocíamos, con nuestro planteamiento ya contemplado en nuestro próximo código de deontología médica, sobre todo en lo que respecta a la publicidad de alimentos que pueda atribuirse a la profesión médica?. “Nosotros con nuestro código deontológico -según añadió- podríamos obligar al médico que no se prestara para promocionar el consumo de ciertos productos alimenticios, pero la nueva ley prohíbe también a los que no son médicos pero que puedan interpretar su papel, sobre los cuales nosotros no tenemos ninguna potestad, utilizar el prestigio de la profesión a favor de aumentar los consumos y ventas de un producto alimenticio determinado. Desde esta Organización lo celebramos puesto que asistíamos atónitos a como grandes marcas estaban vinculando el prestigio de la profesión a ciertos tipos de beneficios que en algunos casos pudiera acercarse a la realidad pero en otros resulta claramente fraudulento”.

Como explica el presidente de la OMC, ?en concreto, un médico podrá hablar de las cualidades intrínsecas de productos en general pero no puede concretarlo en una marca determinada para intentar potenciar o aumentar sus ventas, puesto que esto no se ajusta a la ética?.

En definitiva, según reza la nueva ley, sólo se permitirá la utilización de avales de asociaciones, corporaciones, fundaciones o instituciones, relacionadas con la salud y la nutrición en la publicidad o promoción directa o indirecta de alimentos, cuando: se trate de organizaciones sin ánimo de lucro; y/o se comprometan, por escrito, a utilizar los recursos económicos, obtenidos con esta colaboración en actividades que favorezcan la salud, a través de la investigación, desarrollo y divulgación especializada en el ámbito de la nutrición y la salud.

Por otra parte, el presidente de la OMC, considera como paso muy importante la limitación de la venta en centros escolares de alimentos y bebidas con alto contenido en sal, acidos grasos saturados y trans. “El ritmo de la vida y las estructuras familiares actuales empujan a la ‘comida basura’, en la que están incluidos cierto tipo de alimentos que no son aconsejables ni para la edad de los niños ni tampoco para los adultos, y en concreto los relacionados con la bollería industrial, si a ello sumamos el sedentarismo cada vez más presente en nuestra sociedad, todo ello va a repercutir en el desarrollo físico y psíquico de los menores. Es por ello que hay que romper con este tipo de hábitos higiénico-dietéticos negativos causantes de la mayor parte de los casos de obesidad”.

Buena sintonía entre la AESAN y la OMC

Esta protección de la imagen pública de la profesión médica es fruto, en parte, del buen trabajo desarrollado conjuntamente entre la Organización Médica Colegial y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) que mantienen un convenio firmado el pasado año que incluye, además, un intercambio de información muy fluido y ágil, y que permite un trabajo conjunto más estrecho que antes no estaba establecido. “En el caso concreto que nos ocupa había una alta preocupación tanto desde la Agencia Española de Seguridad Alimentaria como desde nuestra Organización desde hacía ya tiempo para limitar estos comportamientos inadecuados”, tal como concluye el doctor Rodríguez Sendín.

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