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Médicos de Hospitales alertan de las consecuencias del sobrediagnóstico

Aumento del gasto sin beneficio para el paciente, iatrogenia y duplicación de pruebas son algunas de las consecuencias que se detectan en el ámbito hospitalario a causa del sobrediagnóstico y también del sobretratamiento, según destacaron médicos de Hospitales el pasado viernes durante la Asamblea a cargo del Dr. Javier Font, en la que también participó el Dr. Pedro Hidalgo, presidente del Colegio de Médicos de Badajoz quien ofreció una conferencia que versó sobre los derechos de los médicos

En la Asamblea de Médicos de Hospitales se expresó la preocupación por esta situación del sobrediagnóstico y sobretratamiento, que como se dijo está comenzando a sentirse en los hospitales como un problema de primer orden. Como explicó el representante nacional de esta Sección, Dr. Font, «la historia natural que nos ha llevado a este punto (Sociedad de consumo, estado del bienestar, pacientes demandantes, etc), así como a iatrogenia asociada a este fenómeno. Sus consecuencias le han convertido en un problema ético, y social, en un marco donde además del gasto que acarrea, hay una ausencia de beneficio para los pacientes».

Por otra parte, se abordó el tema de los cierres de camas en periodos vacacionales y la ausencia de sustituciones del personal considerándose mal endémico en todos los hospitales, «que trae como consecuencia un aumento de las listas de espera, y una disminución del umbral de seguridad del paciente al reubicar y agrupar a los servicios en plantas distintas a su localización habitual». Se propuso por parte de la Asamblea llevar este punto en una próxima reunión para tratarlo con mas profundidad.

Los vocales tuvieron constancia de la encuesta sobre el clima laboral, que ya se había realizado en el Colegio de médicos de Sevilla, a través de su vocal, el Dr. Ortiz y que, posteriormente, la habían empezado a difundir en los demás Colegios pertenecientes al Consejo Andaluz.
 
Se entendió que dicha encuesta, que en principio se ha desarrollado en el ámbito hospitalario, se incluirá en la siguiente encuesta a nivel nacional que se viene haciendo desde la propia sede de la OMC, con objeto de obtener resultados de todo el territorio nacional y de los distintos ámbitos de trabajo.
 
Derechos del médico
 
A dicha Asamblea asistió como invitado el presidente del Colegio de Medicos de Babajoz, Dr. Pedro Hidalgo, quien presentó una ponencia bajo el título: “Derechos del médico, una garantia para los pacientes” Como señaló el Dr. Hidalgo en su intervención  «todos los médicos sabemos de nuestros deberes y obligaciones con respecto al ejercicio de nuestra profesión», entre los que destacó: relación médico-paciente, donde se estructura el vínculo de confianza; la competencia profesional (conocimientos, habilidades, actitudes…); comunicación y colaboración con el paciente, con compañeros, con otros profesionales sanitarios…trabajo en equipo; seguridad y calidad (protegiendo a los pacientes frente a los riesgos que pudieran comprometer la seguridad de cada paciente); y deberes con organizaciones sanitarias y con el sistema de salud (conociendo las peculiaridades y las capacidades que el sistema de salud pueden dar como respuesta a cada situación, utilizando adecuadamente los recursos del sistema para proporcionar la mejor atención posible…).

Pero frente a estos deberes, como expuso, «también el médico debe tener, ejercitar y defender una serie de derechos, contemplados en el Código de Deontología Médica, para poder ejercer y cumplir las obligaciones citadas anteriormente».

Entre estos derechos de los profesionales se refirió a poder ejercer su  actividad  médica  en  forma  libre  y  sin presiones  de   ninguna naturaleza.(art. 21.1, 21.2 y 21.3/ 46.2). 
 
Además, está el derecho a ser respetado en su juicio clínico (diagnóstico y tratamiento) y en su libertad prescriptiva (art. 23.1) así como en su decisión de rechazar la atención de un paciente,(art. 3, art. 11, art. 12.3) siempre que tales aspectos se sustenten sobre bases éticas, científicas y normativas.
 
El médico tiene derecho a desarrollar su actividad profesional en instalaciones que garanticen las medidas de seguridad e higiene que marca la  ley de conformidad con las características del servicio que se otorgan  bases éticas, científicas y normativas. (art. 7.5, 45.1,2 y 3)
 
Es derecho del médico, asimismo, recibir de la Institución donde realiza la prestación de sus servicios, el apoyo de personal servicios, el apoyo de personal totalmente capacitado, así como el  equipo, los instrumentos e insumos equipo, los instrumentos necesarios, de acuerdo con el servicio que presta.
 
El Dr. Hidalgo aludió al Derecho a Abstenerse de garantizar resultados en relación a un determinado proceso asistencial.(art. 26.2). El médico tiene derecho a no omitir  juicios concluyentes sobre los  resultados esperados de la atención resultados esperados de la atención médica médica.
 
Otro importante derecho del profesional es el relativo al Trato Respetuoso de Pacientes Familiares y Personas Relacionadas con su Profesión.
 
El médico, recordó, tiene derecho a recibir del paciente  y sus familiares un trato respetuoso, así como a dar información completa, veraz y oportuna a relacionada con el estado de salud del  paciente. El mismo respeto deberá recibir de sus superiores, del personal relacionado con  su trabajo y de aquellos a los que está supeditado orgánica y disciplinariamente. (art. 10) (art. 12.1)
 
Además, el profesional tiene derecho a que se le  facilite el acceso a la educación médica  continua (art. 7.3, 46.1)) y a ser considerado en igualdad de oportunidades para su  desarrollo profesional. Igualmente, tiene derecho a participar en actividades de investigación  y enseñanza como parte de su desarrollo  profesional.(capítulo XIV: art. 59.1) (cap. XVIII: art. 63.2)
 
Según indicó, también tiene derecho a asociarse en organizaciones, asociaciones y colegios profesionales con el fin de promover su desarrollo  profesional y vigilar el ejercicio  profesional y vigilar el ejercicio  profesional de conformidad con lo regulado en las normas legales.(capítulo IX)
 
Por otra parte, está el derecho a la defensa de su prestigio profesional ya que la información sobre el curso de una  probable controversia se trate con  privacidad y en su caso, la reparación del daño que se le pudiera haber causado. (art. 30.1.d)
 
Finalmente, citó el derecho a ser remunerado por los servicios profesionales que preste de acuerdo a su condición laboral, contractual o a lo  pactado con el paciente. pactado con el paciente o institución para la que trabaja.(art. 66.2,3)
 
El presidente del Colegio de Médicos de Badajoz remarcó, en otro momento de su intervención, la importancia de que estos derechos sean conocidos, en base a una serie de argumentos:
 
-Ayudan a deslindar la responsabilidad de los médicos en las  inconformidades que se presenten derivadas del acto médico. (art. 7.1).
 
-Permiten que la autoridad competente  los identifique, y así se la ayuda a  proporcionar los medios que facilitan la práctica de la medicina con claridad.
 
-Facilitan a los médicos realizar una  buena práctica de su profesión situando  exactamente sus derechos, deberes y obligaciones.
 
-Su conocimiento y aplicación nos ayudan a prevenirnos de las  complicaciones de la medicina  defensiva.
 
-Propician el respeto de los pacientes y mejoran la relación médico  pacientes (capítulo III).
 
 
 
 
 
 
 

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