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La creación de un plan europeo de desarrollo de competencias y un estatuto del médico, propuestas para defender la responsabilidad y el liderazgo de los médicos

Las competencias de los médicos y médicas fue el tema central de la sexta mesa de la VII Convención de la Profesión Médica organizada por el Consejo General de Médicos (CGCOM) este sábado en Madrid, un foro en el que se puso de manifiesto la necesidad de dar pasos hacia delante como la creación de un “Estatuto del médico” o un plan europeo de desarrollo de competencias para defender el liderazgo y la responsabilidad que distingue a la profesión médica

Este tema de especial relevancia y actualidad para la profesión fue analizado por Ricardo De Lorenzo, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario; Gabriel del Pozo, secretario general de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), Pilar Garrido, presidenta de la Federación de Asociaciones Científico Médicas de España (FACME) y Joao Grenho, secretario general de la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS). La moderadora de este análisis fue la Dra. Rosa Arroyo, vicesecretaria del Consejo General de Médicos.

Estatuto del médico

El secretario general de CESM explicó a lo largo de intervención la complicada situación actual de carencia de profesionales, un contexto que “no puede ser la excusa para trasladar competencias propias del médico a otros colectivos sanitarios”.

En su opinión; hay una competencia que es intrínseca del médico que es el liderazgo, y “no podemos permitir que nos quiten competencias que además son muy específicas para nosotros”, señaló antes de pasar a explicar cuál es el recorrido de la titulación que obtiene el médico, que para empezar requiere de seis años de Grado de Medicina. “Esto ya son 360 créditos ECTS, frente a los 240 de la mayoría del resto de Grados. Además, somos Grado 3 MECES, que somos Máster, y Grado 7 del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF). Esto ahora es más fácil acreditarlo, pero los que salimos hace años podemos solicitarlo al Ministerio mediante un sencillo proceso”.

Gabriel del pozo recordó que la Confederación está reclamando un estatuto propio para el médico y el personal facultativo pese a que el Ministerio de Sanidad no quiere asumirlo, puesto que en las reuniones del Ámbito de Negociación se ha optado por una modificación del Estatuto Marco y no -por el momento- por uno específico propio, argumento que no convence “vamos a seguir reclamando una norma que nos ofrezca un marco tan específico como lo es nuestra situación”- manifestó Del Pozo.

Respecto al reciente debate sobre las categorías resaltó que “por formación, por exigencia, por liderazgo, por finalidad y por responsabilidad nosotros debemos ser otra categoría que sea A1 +, A1 plus o como la quieran llamar; no podemos estar en la misma categoría, sino que debemos diferenciarnos y arrastrar allí las competencias que nos corresponden, como el resto tiene sus competencias propias que difieren de las que tenemos nosotros”. El representante de CESM finalizó asegurando que “hay que estar orgullosos de ser médicos”.

Plan europeo de desarrollo de competencias

El secretario general de la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS), Joao Grenho, comenzó su participación en la mesa de debate con un repaso histórico acerca de la creación de las instituciones europeas, entre ellas las que representaban a los médicos y que tenían como fin agrupar y defender los valores de la profesión y del viejo continente, valores como el humanismo.

Durante su intervención, puso el acento en los cambios acaecidos durante las últimas décadas, los cuales han creados un nuevo mundo y una nueva realidad marcada por el libre movimiento de profesionales y pacientes, así como por la interdependencia de los diferentes sistemas de salud europeos. Es fundamental conocer este contexto porque “en muchos países la capacidad de evaluar el Desarrollo Profesional Continuo y la Formación Médica Continuada no existen o no están muy desarrollados y esta marca una diferencia y una problemática en cuanto a competencias profesionales”- expresó.

Grenho hizo referencia a la directiva UE 2011/24/EU en la que se refiere a la libertad de recibir servicios sanitarios en toda la Unión Europea, la cual debe ir acompañada de garantías de calidad y seguridad. Para tomar una decisión informada, los pacientes deben poder acceder a toda la información que necesitan sobre las condiciones en las que recibirán asistencia sanitaria en otro Estado miembro de la UE y las condiciones en las que se les reembolsará una vez que regresen a casa. Por tanto, es fundamental – dijo – “garantizar la calidad de la formación, calidad de la atención y la calidad de los resultados”.

Por tanto, afirmó que en línea con este compromiso de garantía de la calidad es necesario que la Unión Europea cuenta con un plan de desarrollo de competencias donde el elemento clave son los ETR (European Training Requirements). Estos no deben de ser obligatorios queremos que sean complementarios y que esté acreditado en toda Europa y para ello hay que involucrar a las sociedades científicas, entidades nacionales y europeas” – concluyó.

Modelo de recertificación y definición de las competencias de cada especialidad

La presidenta de FACME, Pilar Garrido, repasó al inicio de su intervención conceptos básicos y fundamentales en todo lo que concierne a las competencias profesionales con especial hincapié en un asunto de trascendencia capital en esta materia y en el que desde FACME están especialmente implicados: la recertificación.

La Dra. Garrido explicó que la recertificación del médico especialista es una credencial que certifican las sociedades científicas y colegios de médicos (VPC) junto a la administración sanitaria por periodos de seis años que un médico individual ha realizado un Desarrollo profesional (DP) que supera los requisitos previamente definidos para ejercer como médico especialista.

Pilar Garrido apuntó que su organización cuenta con un Consejo Asesor de recertificación para definir la estructura básica del modelo común de Recertificación de las especialidades médicas, en consenso entre todas las sociedades científico-médicas (46) integradas en la FACME.

Éste propone una estructura de modelo sencillo en estructura, con rigor científico y requisitos preestablecidos basado en actividades de formación, contenidos docentes y definición de las competencias de la especialidad o dominios. “Las sociedades científicas deberán desarrollar las competencias, definir el indicador para evaluarlas y el límite mínimo para considerar la competencia como apta”.  “Además – añadió – los créditos de las actividades de DPC se deben poder convertir entre el modelo español y los sistemas internacionales de acreditación de CPD, lo que permite a los médicos registrar créditos para su aprendizaje global de DPC”.

Perspectiva legal y ética

Ricardo de Lorenzo se adentró en los aspectos más jurídicos y éticos en el ámbito de las competencias y la falta de concreción que existe a la hora de abordarlas en las normas y regulaciones. Así, aseguró que, “desde el punto de vista ético, el criterio decisivo para el ejercicio profesional responsable es la posesión de la competencia debida para realizar la correspondiente intervención médica y que el procedimiento habitual y ordinario para la adquisición y mantenimiento de la debida competencia es el seguimiento de los oportunos programas de formación inicial y continuada de cada especialidad.

De Lorenzo ahondó en la idea de que “el título de especialista confiere los derechos que señala la ley, pero no concede de por sí, y de modo indefinido, automático y perpetuo, la necesaria competencia. Además- explicó – “el médico especialista está éticamente obligado a mantenerse al día, a no exceder su capacidad, a no incurrir en errores por falta de preparación o por exceso de confianza.

En esta línea recordó a todos el artículo 37.3 del Código de Ética y Deontología Médicas en el que se expresa que “al médico que no posee el título de una especialidad se le prohíbe anunciarse como si fuera tal especialista, y tampoco puede difundir publicidad que pudiera de algún modo crear confusión en el público acerca de su cualificación profesional”. Asimismo, el artículo 21.2. recoge que “debe abstenerse de actuaciones que sobrepasen su capacidad y propondrá, en tal caso, que se recurra a otro compañero competente en la materia”. Por ello insistió en la importancia de que el profesional informe y comunique al paciente que no es especialista en las ocasiones y situaciones pertinentes

Puso como ejemplo las contrataciones de médicos que se producen en el sector público de profesionales “sin especialidad” que se integran en servicios especializados. En estos casos, dijo “hay que informar de esta circunstancia y en muchas ocasiones no se hace, esta falta de información no debe producirse en ninguna ocasión”.

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