jueves, marzo 28, 2024

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El Dr. Tomás Cobo y el magistrado César Tolosa imparten una conferencia sobre el impacto de la pandemia en un Curso de Verano de la UIMP

El Dr. Tomás Cobo, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), y César Tolosa, magistrado y presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, han impartido una conferencia inaugural en el “XIV Encuentro Interautonómico sobre Protección Jurídica del Paciente. Bases para el rediseño de un sistema sanitario post pandémico”, que forma parte de los Cursos de Verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP). Ambos han abordado el impacto de la pandemia de COVID-19 desde el punto de vista sanitario y jurídico, respectivamente

En concreto, el Dr. Tomás Cobo ha centrado su intervención en el papel de la profesión médica en la reconstrucción del sistema sanitario post pandémico. Para ello, ha expuesto una serie de propuestas de líneas que el CGCOM plantea para la reconstrucción social y económica del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Precisamente, desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), tal y como ha explicado el Dr. Cobo, se apuesta por una nueva oleada reformista que facilite cambios institucionales y organizativos, ante futuras amenazas; así como se aboga por la capacidad de generar grandes acuerdos, desde un núcleo central que apueste por un modelo sanitario público y sostenible, con las bases de equidad, igualdad, calidad y solidaridad.

Asimismo, se solicita, según ha expuesto el presidente del CGCOM, un acuerdo político al máximo nivel que facilite las reformas necesarias en el Sistema Nacional de Salud mediante un acuerdo Sanitario y Social, de al menos diez años, para gestionar la crisis sin descapitalizar los servicios sanitarios públicos y la medicina; y se recomienda que el Congreso de los Diputados, a propuesta de la Comisión de Reconstrucción, designe una Comisión para sintetizar los principales problemas de organización y funcionamiento del SNS.

Las propuestas han sido desglosadas por el Dr. Cobo en cinco bloques diferentes: estrategias de transición y preparación para amenazas de salud pública; redefinir-reformar el Sistema Nacional de Salud; Financiación. Viabilidad. Sostenibilidad; Recursos humanos en salud. Profesión Médica; Primer nivel asistencial; y encaje del sistema privado de salud.

Entre las cuestiones planteadas destaca la nueva Arquitectura Estratégica del SNS en la que el presidente del CGCOM apuesta por potenciar políticas de salud pública; un sistema de información sanitaria, ordenado, estandarizados; una modernización, reformas y dinámicas de cambio compartidas (marco de previsión económica y social, análisis de riesgos, desarrollo de políticas sanitarias transversales inter-CC.AA.); así como garantías públicas sustentadas en derechos subjetivos Constitucionales (cohesión social, derechos sustantivos de ciudadanía, políticas de solidaridad intergeneracionales, buenas prácticas públicas).

Para el Dr. Cobo si algo “se puede sacar positivo de la pandemia, ha sido la capacidad de adaptación al impacto del Sistema Nacional de Salud” Además, ha apostado por promocionar la formación médica continuada y la acreditación de la misma en un entorno internacional para poder viajar, así como potenciar la atención primaria.

Por su parte César Tolosa, magistrado del Tribunal Supremo, ha abordado en su conferencia el Control judicial de la pandemia: reflexiones en relación con un nuevo marco jurídico-sanitario, donde ha hecho un repaso a los instrumentos jurídicos que han usado las administraciones públicas para limitar derechos y aplicar medidas efectivas durante la crisis de la Covid-19.

Tolosa ha criticado que los legisladores no hayan desarrollado un marco normativo específico para luchar contra la Covid-19, aplicando leyes de los años 80. “Se han usado los mismos instrumentos jurídicos de 1986, cuando es evidente que la situación no es la misma para la que estaba prevista esta legislación”, ha asegurado.

De este modo, el magistrado ha opinado que la Ley de Emergencia Sanitaria, que establece de forma genérica que en caso de necesidad las autoridades “aplicarán las medidas necesarias” para el control de epidemias, contiene un “precepto escueto y genérico, que no fue pensado para esta calamidad”.

Por ello, ha pedido que “frente a la actualización de otros sectores”, también “responda el ordenamiento jurídico” y ha considerado que hay una “necesidad imperiosa” de redactar una nueva normativa sanitaria. “La eficacia de la jurisdicción hubiera sido otra con otra regulación articulada”, ha opinado.

El magistrado ha comentado también las principales críticas que desde el punto de vista jurídico se han realizado a los sucesivos estados de alarma decretados por el Gobierno de España y ha señalado que el principal debate jurídico se centra en el alcance de las restricciones de los derechos fundamentales.

“Desde el punto de vista jurídico, si se decide que lo que hicieron los estados de alarma fue suspender derechos fundamentales y no limitarlos, sería ilegal porque lo que hubiera procedido era la aplicación de un estado de excepción”, ha asegurado.

Esto crearía, según el magistrado, un “nuevo problema”, ya que los estados de excepción tienen una duración máxima de 30 días. Además, el magistrado ha hecho un repaso a las disposiciones legislativas que han creado “confusión jurídica”.

Tolosa ha criticado que durante el segundo estado de alarma se dio una situación “desconocida en nuestro ordenamiento jurídico”, la delegación de competencias del presidente central a los autonómicos. “La delegación de competencias es una figura que se da dentro de las administraciones, no se delega de una administración a otra”, ha apuntado.

Además, Tolosa ha asegurado que se dio una paradoja, porque en esencia el estado de alarma “concentra el poder en una autoridad central” y en este caso, “se volvió a desconcentrar”, lo que, en su opinión, “plantea problemas desde el punto de vista del control jurisdiccional”.

De este modo, el jurista ha destacado que en su momento el Tribunal Supremo entendió que el responsable de las decisiones en este marco normativo era el presidente del Gobierno Central, ya que los presidentes autonómicos actuaban como delegados suyos.

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