viernes, abril 19, 2024

Portal informativo de la Organización Médica Colegial de España

InicioOMCEl Dr. Fernández Torrente inaugura la 9ª promoción del Máster Universitario en...

El Dr. Fernández Torrente inaugura la 9ª promoción del Máster Universitario en Derecho Sanitario

La novena promoción del Máster Universitario en Derecho Sanitario, impartido conjuntamente por la Universidad CEU San Pablo y por la Asociación Española de Derecho Sanitario, que preside Ricardo De Lorenzo, asesor jurídico del CGCOM, comenzó una nueva andadura académica con la intervención del Dr. Jerónimo Fernández Torrente, tesorero del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos

Al acto de inauguración acompañaron a Ricardo De Lorenzo, los vicedecanos de hospitales y de profesorado. Tras unas palabras de bienvenida por parte del director del Máster y de los vicedecanos, los alumnos recibieron las primeras clases que fueron impartidas por el propio Ricardo De Lorenzo, que introdujo a los alumnos en el mundo del Derecho Sanitario a través del análisis de sus conceptos fundamentales, y por el Dr. Jerónimo Fernández Torrente, que explicó el cometido de la Organización Médica Colegial.

El Dr. Fernández Torrente expuso que los colegios de médicos “son corporaciones de derecho público, amparadas por la Ley General de Colegios Profesionales, con estructuras democráticamente constituidas, carácter representativo y personalidad jurídica propia, independientes de la Administración del Estado, de la que no forman parte integrante, sin perjuicio de las relaciones de derecho público que con ella legalmente les correspondan”.

Entre los fines de la OMC destacó la ordenación en el ámbito de su competencia del ejercicio de la profesión médica, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados. También subrayó que la salvaguardia y observancia de los principios deontológicos y ético sociales de la profesión y ejercicio, la salvaguardia y observancia de su dignidad y prestigio y la elaboración y aplicación de un Código Deontológico de la profesión.

El tesorero del CGOM comentó que “la regulación y el control profesional claves de la independencia corporativa” y explicó que al CGCOM le corresponde “la representación, ordenación y regulación profesional, así como la defensa de la profesión en el ámbito de todo el Estado, ostentando la representación oficial de la OMC ante la Administración General del Estado (AGE), la representación de toda la profesión ante las organizaciones médicas y sanitarias internacionales y la representación de la profesión médica ante las instituciones de la Unión Europea en aquellos temas que afecten al ejercicio profesional y a sus aspectos éticos y deontológicos”.

El Dr. Fernández Torrente comentó que en particular el CGCOM tiene como funciones tramitar las instancias o reclamaciones de los colegios oficiales de médicos dirigidas a los órganos centrales de la Administración General del Estado (AGE), promover la mejora de la legislación sobre colegios profesionales, estudiar los problemas de la profesión, proponiendo las reformas pertinentes, e intervenir en conflictos afecten a la Medicina, conocer y resolver los recursos que contra acuerdos de los Colegios Oficiales de Médicos interpongan los colegiados, ostentar la representación de los Colegios en la defensa de sus intereses profesionales y ejercer la potestad disciplinaria.

También explicó las funciones del CGCOM como autoridad competente en este ámbito. “El Derecho Comunitario otorga la condición de autoridad competente en el ámbito el ejercicio profesional a las corporaciones colegiales sanitarias, sin interferir en el legítimo derecho que asiste a la administración sanitaria”, aseguró. 

El CGCOM viene ejerciendo las funciones para intervenir en el proceso de tramitación de expedientes de todas las homologaciones de grado médico desde diciembre de 2014 (RD 967/2014) y está presente desde 2010 en el Comité de Evaluación de Reconocimiento a efectos profesionales de títulos de especialista extra UE en el Ministerio de Sanidad (RD 459/2010).

 

Relacionados

TE PUEDE INTERESAR

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Más populares