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El Colegio de Médicos de Madrid recuerda que, ante una supuesta falta, se puede presentar reclamación en la Comisión de Deontología

El Colegio de Médicos de Madrid ha elaborado una infografía para recordar de forma clara y esquemática, tanto a los facultativos como a la población en general, cómo funciona la Comisión de Deontología de esta institución y qué trámites sigue una reclamación presentada, por cualquier ciudadano, otros médicos, sociedades científicas o asociaciones de pacientes, en dicho órgano colegial

La Comisión de Deontología del ICOMEM, cuya naturaleza composición y funciones está recogida en el capítulo V, artículo 36, de los Estatutos de esta institución, está formada por un presidente, un secretario y dieciséis vocales. “Esta tiene por objetivo valorar la existencia de transgresiones de las normas, recogidas en el Código de Deontología Médica que regula el ejercicio de los profesionales con el fin de mantener la confianza social, mediante la transparencia, la aceptación y corrección de errores y conductas inadecuadas y una correcta gestión de los conflictos”, recuerda el presidente del Colegio de Médicos de Madrid, el Dr. Miguel Ángel Sánchez Chillón quien además hace hincapié en que es uno de los pilares fundamentales, junto con el Consejo Científico. 

Una vez se ha presentado la correspondiente reclamación se procede a la apertura de un expediente informativo para su estudio y se procede a pedir información al reclamado para que aporte su versión de los hechos y analizar si se ha producido falta deontológica. Con todo ello, los representantes de la Comisión de Deontología hacen una propuesta a la Junta Directiva del ICOMEM para que esta tome la decisión de sobreseimiento y archivo y, por tanto, cierre del expediente; o apertura de expediente disciplinario si existen indicios de falta. 

En este último caso, se nombra un instructor médico independiente que estudia el caso en mayor profundidad y tras ello hace, de nuevo, una propuesta de resolución a la Junta Directiva que incorpora informes de la Comisión de Deontología y la Asesoría Jurídica. Posteriormente, el Pleno de la Junta Directiva resuelve el expediente disciplinario sobre la existencia o no de falta de deontología y establece la sanción correspondiente. La resolución se comunica al reclamante y al reclamado y, si alguna de las dos partes no está de acuerdo, puede acudir a la Comisión de Recursos. 

Más de 200 reclamaciones en 2019

En 2019 se han recibido, hasta el momento, 218 reclamaciones, de las cuales 186 se han sobreseído y para 19 se ha propuesto a la Junta Directiva la apertura de expediente disciplinario. De estas últimas una se ha resuelto con la suspensión del ejercicio profesional. El resto se encuentran en distintos momentos de su tramitación.

Por su parte, en 2018,  se contabilizaron 312 reclamaciones con el sobreseimiento de 262 y la apertura de expediente de 23. Finalmente, se resolvieron con sanción económica tres y la suspensión del ejercicio una. El resto de las sanciones fueron de amonestación privada o apercibimiento por escrito; o fueron sobreseídas por caducidad o prescripción de los hechos.

 

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