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Dopaje: ¿fraude deportivo o problema de salud pública sin control?

La ley de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje ya está en vigor a partir de hoy. Con tal motivo, «Medicos y Pacientes» ha celebrado un video-debate para analizar, de la mano de expertos, los futuros efectos de dicha normativa, y revisar la realidad de estas prácticas fraudulentas, motivo de grave riesgo para la salud de deportistas de toda índole

Madrid, 11 de julio 2013 (medicosypacientes.com)

El dopaje, un fenómeno muy antiguo que ya era utilizado, incluso, por los aztecas, afecta, actualmente,  tanto al deporte de alta competición que exige, cada vez más, un rendimiento extraordinario y la obtención de resultados brillantes, como al deporte amateur, siendo cada vez más frecuente en una población de alto riesgo como son los jóvenes, carentes de asesoramiento y sin tutelaje desde distintos ámbitos, incluido el familiar.

Bajo este escenario que nos ofrece la realidad, y ante la entrada en vigor de la la Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje, que persigue un endurecimiento y mejor sistematización de la lucha contra esta práctica fraudulenta, surge la cuestión de si el dopaje debe ser contemplado exclusivamente como un fraude deportivo o como un grave problema de salud pública. Para dar respuesta a ello, el diario digital «MedicosyPacientes», de la Organización Médica Colegial, ha celebrado un video-debate, moderado por el doctor Juan Manuel Garrote, coordinador médico de Comunicación de la OMC, y en el que han intervenido expertos en la materia tales como el presidente de la Federación de Medicina del Deporte (FEMEDE), el doctor Pedro Manonelles; el secretario de la Comisión Central de Deontología, el doctor Mariano Casado, y el ex director de la Agencia Estatal Antidopaje, y ex viceconsejero del Deporte de Castilla-La Mancha, Francisco Javier Martín del Burgo.

Como apuntó el doctor Garrote, disponemos a partir de hoy de la nueva Ley de Salud del Deportista y lucha contra el dopaje que abre el debate sobre esta problemática cada vez más extendida. «Circunstancias legales y mediáticas nos han demostrado que se trata de un problema real cada vez más extendido y que no sólo afecta a distintas modalidades deportivas sino a los propios profesionales del deporte y a los amateurs».

No en vano, como se expuso durante el  debate, el 36,5 por ciento de la población española practica algún tipo de actividad física o deportiva, y el 92 por ciento de ellos no lo hacen bajo la estructura reglada federativa, sino sobre todo de forma espontánea, es por ello que, como remarcó Martín del Burgo, «el más perjudicial es el dopaje a nivel de actividad deportiva de base que, incluso, en la actividad deportiva profesional».

Por lo general, el deportista profesional, según apuntó este experto, «tiene un nivel y un grado de asistencia en el campo de entrenamiento del que carece el deportista de base, en su inmensa mayoría. No tiene este tipo de tutela y desconoce, en muchas ocasiones, los efectos negativos que, para su salud, tiene el abuso de sustancias como, por ejemplo, los anabolizantes, arriesgando claramente su salud».

De los riesgos del dopaje para la salud también habló el doctor Pedro Manonelles, para quien «son variados y diferentes en función de las sustancias y también de los deportistas. Riesgos que, como reiteró, «se incrementan en los deportistas amateur al no estar sometidos a ningún tipo de control».

El presidente de FEMEDE lamentó que este tipo de prácticas fraudulentas esté diseminada por todos y cada uno de los deportes. «Si se analizan los informes de la Agencia Mundial antidopaje, que hasta el pasado año no eran públicos, se puede comprobar cómo en todos los deportes, incluido el ajedrez, existen controles y en todos ellos se han registrado en alguna ocasión resultados positivos respecto al dopaje», según comentó.

Es por ello que, de acuerdo con lo expuesto por el secretario de la Comisión Central de Deontología, el doctor Mariano Casado, «con el dopaje nos encontramos ante un auténtico caso de fraude desde el punto de vista de la realización de un acto humano que se lleva a cabo de una forma consciente y voluntaria, es decir, se sabe por qué se hace y cómo se hace». Dicho acto humano, -prosiguió- además, tiene consecuencias muy claras como es faltar a la rectitud de una determinada conducta, con implicaciones de engaño a otras personas, a una organización o a la propia sociedad». Pero, como añadió, «se convierte en un problema de salud pública cuando se extiende, como se está extendiendo por el deporte aficionado».

Se mostró de acuerdo con esta aseveración Martín del Burgo, quien remarcó el carácter bifronte del dopaje de perjudicar la salud y ser un fraude. «Para el dopaje ?añadió- se utilizan sustancias, productos y métodos prohibidos, que, por lo general, reúnen, tres condiciones: perjudican la salud; alteran de forma artificial la respuesta al ejercicio físico; y vulneran potencialmente el resultado de la competición.

Lucha contra el dopaje

Una vez definido el terreno y los efectos que ocasiona a nivel tanto deportivo como social, se analizó cómo se ha desarrollado la lucha contra este fenómeno a nivel institucional, con dos marcados ejes: poner freno a una situación de desventaja y, por otro, preservar la salud de los deportistas. En realidad, como coincidieron en reconocer los ponentes de este debate, la legislación al respecto es relativamente reciente y se mantiene en continua revisión.

El primer organismo que se planteó la lucha contra el dopaje, según Manonelles, fue el Comité Olímpico Internacional no hace más de 60 años. «Establece la necesidad de estrategias contra el dopaje por dos motivos: preservar la salud de los deportistas y acabar con este tipo de prácticas consideradas de riesgo para su salud. Asimismo, «existe el interés de impedir que haya ventaja entre unos deportistas y otros que, a través de procedimientos como el dopaje, les sitúan en una posición beneficiosa respecto a sus compañeros, lo cual supone un fraude tanto para los competidores como para los seguidores del espectáculo deportivo», según indicó.

Centrando el tema en España, Martín del Burgo recordó  la Ley de Educación Física de 1961, considerada como una especie de «catecismo deportivo», y que aproximaba al principio de legalidad.

Posteriormente, en 1968, a raíz de los juegos olímpicos de México se realiza el primer control oficial, aunque en España la legislación no había sufrido ninguna variación, se seguía sin referencia a «salud y dopaje».

El impacto llega en 1988, en los Juegos de Seul, con el positivo de Ben Johnson, y de 10 casos además. En España ya contaba en esas fechas, según Martín del Burgo, «con una legislación algo más democrática y avanzada en esta materia, en la que se hacía referencia a la colaboración que deberían mantener las correspondientes Federaciones con el Consejo Superior de Deportes en la lucha contra el dopaje, aunque se seguía  sin regulación para luchar contra este tipo de prácticas».

En 1990, se produce un salto cualitativo por circunstancias sobrevenidas, y se elabora la Ley del Deporte en la que Martín del Burgo fue ponente. Dicha normativa ya incluía 4 artículos con los que se regulaba la lucha contra el dopaje, fruto de los cuales surgió la Comisión Antidopaje. En 2006, España da otro un salto de excelencia con el acuerdo de todas las fuerzas parlamentarias, que dio como fruto  la Ley orgánica de Protección a la Salud y con ella, la creación de la Agencia Estatal Antidopaje «que permitió acercarnos  al umbral de los principios del Código Mundial Antidopaje», según este experto.

En definitiva, como resumió Martín del Burgo, «nadie podrá esgrimir que España ha sido ociosa en la lucha contra el dopaje, con leyes orgánicas que regulan elementos delicados y derechos fundamentales. De hecho, en los últimos cinco años se ha pasado de un 3,9 ? casos adversos, al 1,19-1,55%. Con estas cifras nos situamos en la media cabal del resto de laboratorios internacionales».

Aportaciones de la nueva Ley

Llegados a este punto del debate y profundizando en los aspectos normativos, el doctor Garrote quiso ahondar sobre los efectos de la recién estrenada ley antidopaje «¿Cómo va a contribuir esta ley a la lucha antidopaje? ¿Creen que ha cubierto todas las expectativas?», son cuestiones que el moderador puso sobre la mesa, dado que, como remarcó el doctor Casado, «el tema del dopaje tiene mucha trascendencia, muchas personas involucradas en estas prácticas son muy significativas como ejemplo para la ciudadanía, para la juventud, de ahí la problemática social multifactorial y multidisciplinar que desprende».

Para Martín del Burgo, un paso importante que se ha dado con la nueva ley es que sea la Agencia Estatal Antidopaje la que aglutina todo el proceso para, en teoría, aportar mayor eficacia. A partir de ahora, «la Agencia asume la competencia de planificar los controles, la ejecución, el control y sanción». Como recordó este ponente, «anteriormente era el Consejo Superior el que planificaba los controles mientras la Agencia Estatal se ocupaba de la investigación con el laboratorio, de las políticas de investigación así como de la coordinación con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

Otro aspecto que destacó es la regulación de los controles nocturnos. «Por ejemplo en las horas de descanso -nocturnidad de los deportistas- la franja horaria a respetar es de 11 de la noche a 6 de la madrugada, según establece la Ley española y el Código Mundial Antidopaje», indicó. Respecto a la condición de médico para ser Agente de Control del Dopaje, señaló que «si bien éste era el requisito establecido en la Ley 7/2006, con la nueva Ley se  incluye también a los titulados en Enfermería para extracciones sangre».

Al presidente de FEMEDE, lo que realmente le preocupa como representante de la Medicina es que no se asocie el dopaje con la práctica profesional de la Medicina del Deporte. A su juicio es «algo terrible, porque hay una tendencia habitual a implicar a la Medicina del Deporte cuando se encausa o se descubre a médicos que se dedican al deporte, involucrados en prácticas de dopaje».

En este sentido, quiso subrayar el trabajo desempeñado por la Federación de Medicina del Deporte, que aglutina a todos los médicos que se dedican a este tipo de Medicina. «FEMEDE ha hecho  lo que tenía que hacer que ha sido aislar a aquellos médicos cercanos a nuestra especialidad si se se ha comprobado o se ha sospechado que pudieran estar5 implicados en actividades relacionadas con el dopaje». «Y es algo en lo que nos vamos a mantener muy firmes», según sostuvo.

Al respecto, Manonelles hizo alusión a la operación Puerto, «se entiende mal, por ejemplo, que se haya saldado con la sentencia y sanción que conocemos. Ejemplos como éste empujan a que afloren dudas de si realmente con la estructura jurídica del país, seremos capaces de controlar este tipo de actividad fraudulenta».

Deontología y dopaje

A lo largo del debate se dejó constancia de el médico es una pieza clave del engranaje que mueve el dopaje. A este respecto, el moderador del debate planteó si la Comisión Central de Deontología de la OMC «¿debería inmiscuirse mucho más en las cuestiones de dopaje? y si hay un grado de incumplimiento deontológico importante por parte de los médicos que fomentan o contribuyen al dopaje».

Como señaló, al respecto, el secretario de la Comisión Central de Deontología, «al margen de la típica responsabilidad jurídica, hay otra serie de responsabilidades que el médico tiene que cumplir: hay una responsabilidad administrativa para con el colectivo al que pertenece; y hay una responsabilidad ética y deontológica. Es decir, su responsabilidad se asienta en tres pilares: jurídico, administrativo y deontológico. La obligación del médico es la de cumplir las normas establecidas en estos terrenos».

En los Códigos de Deontología de los países de nuestro alrededor, este tipo de conductas están sancionados, recordó Casado. Por lo que respecta a España,  a raíz de la aparición de diversos casos de dopaje en los que estaban involucrados médicos, la CCD procedió a la elaboración de declaraciones e informes: 2006, 2009,… Precisamente, la Comisión Central de Deontología elaboró un documento en 2009, en relación con la Operación Puerto, solicitado, precisamente, por el doctor Manonelles. En él se indica que la actitud de los médicos que han intervenido en dicha Operación, independientemente de la parte jurídica, ha de ser sancionada. «La Comisión Central de Deontología ?apuntó su secretario- dice que hay que sancionar, porque este tipo de prácticas están mal vistas dentro del colectivo médico».

Para concluir sobre este punto, el doctor Casado, remarcó  que las Comisiones de Deontología «no son tribunales sancionadores pero si vigilantes en relación con el cumplimiento o incumplimiento de la conducta que debe tener cualquier médico, en función de lo que establece el actual Código Deontológico».

Efectivamente, como avaló el presidente de FEMEDE, la Comisión Central de Deontología emitió un informe magnífico, sobre la Operación Puerto en el que se detectaban una serie faltas graves. Curiosamente,-prosigue- «lo que ha dictaminado la sentencia posterior hace unos meses, es exactamente lo que decía la Comisión Deontológica. «Es una práctica que va en contra de la buena praxis médica, conlleva riesgo, y existen factores económicos detrás de la misma».

Manonelles criticó que la sentencia actual, por la forma en la que está redactada, haya establecido una «sanción ridícula» «porque ?añadió- se sanciona con una inhabilitación para la práctica de la medicina del deporte». Al mismo tiempo, considera muy importante que se tenga en cuenta que estas conductas no pudieron ser juzgadas como dopaje puesto que en el momento de la comisión del delito no había entrado en vigor la Ley de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el deporte, que es la que establece las infracciones por dopaje en la legislación española.

En este sentido, Manonelles instó a que se corrija la sentencia «para que la inhabilitación de los médicos involucrados sea para la práctica médica y no únicamente para la práctica de la Medicina del deporte». «Nos preocupa, enormemente, cómo se podría llevar a la práctica la sanción de facultativos que claramente han demostrado una mala praxis médica, ya que esta situación crea una sensación de desasosiego enorme para los facultativos que desarrollan su labor desde una vertiente profesional y ética impecable».

En opinión de Martín del Burgo, la parte contradictoria de la sentencia podría ser corregida en el recurso que se ha hecho ante la Audiencia provincial, y se mostró de acuerdo con Manonelles cuando defiende que «como no estaba en vigor la ley orgánica cuando se produjo este delito de dopaje no se ha podido juzgar suficientemente,  y que al ser un problema de salud pública como tal se tiene que inhabilitar en el ámbito de la salud, y no de la salud deportiva».

La participación de un profesional de la Medicina por acción u omisión, con responsabilidad  culposa y, por tanto, dolosa en un acto de dopaje es, a juicio de Martín del Burgo, «un acto muy grave que debe tener reproche desde la instancia pública y profesional». Desde su punto de vista, «cuando la sentencia de la Operación Puerto sea firme, la OMC podrá actuar y poner una sanción complementaria a la de la vía penal». Al respecto, Garrote plantea si «una vez que sea definitiva dicha sentencia judicial ¿La comisión central de deontología podrá hacer algo más?».

A lo que el secretario de la CCD respondió que «una vez que la vertiente judicial haya finalizado, le toca el turno a la vertiente profesional y la Comisión puede sancionar».

Sobre este aspecto, Martín del Burgo quiso destacar el hecho de que se haya producido en España el primer juicio penal por causa del dopaje, por primera vez en el mundo, en el caso de la Operación Puerto. «Parece que es insuficiente, pero la sentencia es recurrible. En mi época de director de la Agencia Estatal Antidopaje se registraron hasta 65 operaciones policiales en cuatro años, algo que no tiene parangón en comparación con otros países».

Para concluir, Manonelles aportó una reflexión respecto a lo que supone la implicación de los médicos y la esencia del dopaje, en el sentido de que «no siempre es necesario el concurso de un médico para la realización del dopaje, sin con ello querer quitar responsabilidad a dicha profesión».

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